SENTENCIA CIVIL DE DIVORCIO

9 de Marzo de 2016.

Reciente sentencia del TS (Tribunal Supremo) relativa a la custodia de los hijos en situaciones de separación/divorcio.

Ciertamente la tendencia al establecimiento de la custodia compartida de los hijos como la opción más aconsejable, sigue estando marcada por el cumplimiento de ciertos requisitos insoslayables que señala sistemáticamente nuestro Tribunal Supremo. En definitiva, casuística y casuística. Habrá de valorarse caso por caso.

La sentencia que recogemos señala como requisito indispensable la existencia de un mínimo diálogo entre los progenitores para que dicha forma de custodia pueda ser la más aconsejable para el menor, cuyo superior interés es el único criterio a tener en cuenta.

Además la sentencia, que otorga la custodia a la madre (confirmando la de Instancia) pone de manifiesto que una patología ansioso- depresiva de la madre, es un cuadro de relativa frecuencia tras las rupturas matrimoniales y no inhabilita para desarrollar la labor como madre, como se deduce del informe psicosocial elaborado por los peritos judiciales, por lo que debe concluirse que no existe causa alguna que haga desmerecer a la madre como educadora de sus hijos.

Sentencia del Tribunal Supremo.